• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Saltar al pie de página

Centromipc

  • Sectores
    • Pymes
    • Organismos e instituciones
    • Educación
  • Servicios
    • Consultoría tecnológica
    • Equipamiento tecnológico
    • Servicios Cloud
    • Soporte y servicios TIC
    • Seguridad tecnológica
    • Marketing digital
  • Soluciones
    • Wifi profesional
    • Control de presencia
    • G-Suite
    • Microsoft 365
  • Tiendas
  • Contacto
Nuevo Reglamento de Facturación 2013

Nuevo Reglamento de Facturación 2013

15/03/2013 por CentroMiPc Deja un comentario

A partir del 1 de Enero del 2013 se establece el nuevo reglamento de facturación, que deja atrás a los tickets para unificar las transacciones en dos tipos de facturas: la factura ordinaria y la simplificada (que es la que sustituye a los tickets).

Vamos a tratar de simplificar los conceptos y centrarnos en las modificaciones que afectan a la mayoría de los pequeños comercios y pymes. El texto completo que rige el nuevo reglamento está en el BOE de 1 de Diciembre del 2012. Hemos comprobado que hay muchas interpretaciones a la hora de aplicarlo y lo que mostramos aquí solo son los puntos que creemos mas significativos. Antes de tomar cualquier decisión, por favor, verifica el reglamento en el texto oficial.

Nuevo Reglamento de Facturación para pequeños comercios y pymes

A grandes rasgos, se podrá emitir factura simplificada cuando el importe de la venta no exceda los 400 Euros (IVA Incluido).

Por encima de éste límite, los empresarios y profesionales pueden emitir facturas simplificadas en ventas que no excedan 3000€ (IVA Incluido) en las siguientes operaciones:

  • Ventas al por menor a particulares.
  • Transporte de personas y servicios de ambulancia.
  • Ventas y servicios a domicilio.
  • Hostelería y restauración, salas de baile, discotecas.
  • Cabinas telefónicas.
  • Uso de instalaciones deportivas.
  • Peluquerías y centros de belleza.
  • Estudios fotográficos.
  • Parking de vehículos.
  • Videoclubs y similares.
  • Tintorerías y lavanderías.
  • Peajes de autopistas y autovías.

En operaciones en que alguna de las partes no esté establecida en el territorio nacional, existen algunos casos en los que está prohibido emitir factura simplificada.

Algunos de los casos de excepción:

      • Entrega de bienes destinados a otro estado miembro de la Unión Europea.
      • Entrega de bienes del art. 68. Tres y Cinco de la Ley del IVA
      • Entrega de bienes o prestación de servicios cuando el proveedor o prestador del servicio no esté establecido y el sujeto pasivo sea el destinatario y sea él mismo el que emite la factura (al estar autorizado por el proveedor o prestador).
      • El proveedor o prestador está establecido en el TAI o tiene en el mismo un establecimiento permanente (o domicilio de residencia habitual) desde del que se realiza la operación y conforme a las reglas de localización se sitúa fuera del territorio de aplicación del impuesto en los siguientes supuestos:
      • Operación sujeta en otro estado miembro, el sujeto pasivo es el destinatario y el proveedor no expide la factura por no estar autorizado por el sujeto pasivo.
      • Operación fuera de la Unión Europea.

Algunas novedades en el contenido de los tickets, ahora facturas simplificadas:

      • Número y, en su caso, serie de facturación. La numeración será correlativa dentro de cada serie.
      • Fecha de expedición.
      • Si la fecha del servicio o entrega de bienes no coincide con la de factura debe indicarse ésta primera. También en el caso de entregas a cuenta.
      • Número de identificación fiscal, nombre y apellidos y razón social completa del sujeto que expide la factura.
      • Identificación del tipo de bienes entregados o servicios prestados.
      • En caso de el receptor de la factura sea un empresario o profesional y así lo exija, es necesario incluir los datos fiscales del mismo.
      • Tipo impositivo aplicado y, en su caso, la expresión «IVA incluído». En caso de que haya diferentes tipos impositivos hay que indicar la base imponible correspondiente a cada uno de ellos.
      • Contraprestación total.

Novedades para las facturas ordinarias:

      • Si la fecha del servicio o entrega de bienes no coincide con la de factura, debe aparecer también en la factura.
      • Si la operación no está sujeta a IVA o el obligado a liquidar el IVA sea el destinatario hay que hacerlo constar de forma expresa.
      • Debe indicarse toda la información necesaria para el cálculo de la base imponible de las operaciones expresadas en la factura, incluído el precio unitario sin impuestos.
      • En autofacturas de servicios hay que incluir los datos del proveedor del servicio.

Otras consideraciones:

      •  Las facturas pueden expedirse en papel o en formato electrónico, siempre que se garantice la integridad del contenido desde la expedición hasta el final del período de conservación.
      • El límite temporal para la expedición de las facturas, establecido en el día 16 del mes siguiente se hará en referencia a la fecha de devengo y no al período de liquidación, como venía siendo hasta ahora.

Publicado en: CentroMiPC

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Contacta con nosotros

    Categorías

    • CentroMiPC
    • Ciberseguridad
    • Cloud computing
    • Consultoría tecnológica
    • Diseño web
    • Informática
    • Mantenimiento informático
    • Móviles / Smartphones
    • Tecnologia

    MÁS SOBRE NOSOTROS

    • Blog
    • Contacto
    • Quienes somos
    • Consultoría tecnológica
    • Servicios
    • Aviso legal
    • Política de empresa ISO-9001-14001
    • Política de empresa ISO 27001
    • Mapa del sitio
    • Pagos con tarjeta
    soporte mipc

    Puedes seguirnos en:

    CERTIFICADOS

    Se ha recibido un incentivo de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía IDEA, de la Junta de Andalucía, por un importe de 4.945,00 €, cofinanciado en un 80% por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, FEDER para la realización del proyecto «Implantación y certificación de Sistema ISO 27001» con el objetivo de Conseguir un tejido empresarial más competitivo.

    CENTROMIPC

    CentroMipc
    Polígono Industrial Juncaril, Calle Loja 121,
    18220 Albolote (Granada)
    Granada
    Tlf: 958 49 12 07
    B18515221

    Se ha recibido un incentivo de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía IDEA, de la Junta de Andalucía, por un importe de 4.945,00 €, cofinanciado en un 80% por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, FEDER para la realización del proyecto «Implantación y certificación de Sistema ISO 9001-14001» con el objetivo de Conseguir un tejido empresarial más competitivo.

    CENTROMIPC SL ha recibido una ayuda de la Unión Europea con cargo al Fondo NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para Autoconsumo fotovoltaico de 7,98 kWp/ 6 kWn dentro del programa de incentivos ligados al autoconsumo y almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, gestionado por la Junta de Andalucía, a través de la Agencia Andaluza de la Energía.

    2026 | Centromipc | Todos los derechos reservados

    Centromipc ha recibido una subvención para la mejora competitividad y digitalización del sector comercial y artesano, Modalidad B (BOJA n.º 209, de 25 de octubre de 2024). Cofinanciadas por la unión europea, fondo europeo de desarrollo regional por el programa de Andalucía FEDER 2021-2027, por la cantidad de 30.000,00 €

    CENTROMIPC SL ha sido beneficiaria de Fondos Europeos, cuyo objetivo es la mejora de la competitividad de las PYMES, y gracias al cual ha puesto en marcha un Plan de Acción con el objetivo de reforzar la digitalización y la competitividad de las pymes durante el año 2025. Para ello ha contado con el apoyo del Programa Pyme Digital de la Cámara de Comercio de Granada. #EuropaSeSiente

    CENTROMIPC SL ha sido beneficiaria de Fondos Europeos de Desarrollo Regional, cuyo objetivo es promover el desarrollo tecnológico, la innovación y una investigación de calidad, gracias al cual ha puesto en marcha un Plan de Acción con el objetivo de reforzar la digitalización y la competitividad de las pymes durante el año 2025. Para ello ha contado con el apoyo del Programa Pyme Innova de la Cámara de Comercio de Granada.#EuropaSeSiente

    CENTROMIPC SL ha sido beneficiaria de Fondos Europeos, cuyo objetivo es la mejora de la competitividad de las PYMES, y gracias al cual ha puesto en marcha un Plan de Acción con el objetivo de reforzar la digitalización y la competitividad de las pymes durante el año 2025. Para ello ha contado con el apoyo del Programa Pyme Sostenible de la Cámara de Comercio de Granada.#EuropaSeSiente

    Utilizamos cookies para ofrecerte la mejor experiencia en nuestra web.

    Puedes aprender más sobre qué cookies utilizamos o desactivarlas en los .

    Resumen de privacidad

    Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

    Tienes toda la información sobre política de privacidad, Aviso legal y cookies en nuestra política de privacidad.

    Cookies estrictamente necesarias

    Las cookies estrictamente necesarias tiene que activarse siempre para que podamos guardar tus preferencias de ajustes de cookies.

    Cookies de terceros

    Esta web utiliza Google Analytics para recopilar información anónima tal como el número de visitantes del sitio, o las páginas más populares.

    Dejar esta cookie activa nos permite mejorar nuestra web.